jueves, 16 de noviembre de 2017

ALEMANIA 1919: ELECCIONES, GOBIERNO DE COALICIÓN Y CONSTITUCIÓN DE WEIMAR

En enero de 1919, se eligió el primer parlamento de la nueva república alemana, los resultados fueron los siguientes:

Fuenet: Wikipedia
SPD: Partido Socialdemócrata
ZENTRUM (Partido Católico)
DDP: Partido Democrático Alemán
DNVP: Partido Nacional del Pueblo Alemán
USPD: Comunistas, luego KPD
DVP: Partido del Pueblo Alemán

Tras las elecciones, para poder gobernar, se formó la Coalición de Weimar formada por el Partido Socialdemócrata (163 Diputados), el Zentrum Católico (91) y el P. Democrático Alemán (75). Eligieron presidente al socialdemócrata Ebert (277 votos a favor, 51 en contra y 51 abstenciones) quien nombró Jefe de Gobierno a Scheideman.

Ebert va a comenzar a gobernar acosado por grandes opositores y poco afectos:
  • La gran derecha clásica. Vieja aristocracia, grandes propietarios, financieros... Uno de sus lemas favoritos es “la mentira de Weimar”. Van a entrar en el juego parlamentario a través del Partido Nacional  del Pueblo Alemán.
  • El ejército. Curiosamente, conservó su prestigio a pesar de la derrota en la Guerra. Fue un gran grupo de presión, los jefes del ejército nunca ocultaron su antirrepublicanismo. Sin embargo, se abstuvieron de intentar tomar el poder a pesar de las incitaciones a ello que les fueron llegando.
  • Varios intelectuales de prestigio.  En muchas universidades y círculos culturales se muestra un gran desdén por las instituciones republicanas que consideran extrañas al carácter alemán.
  • La burocracia. Fue menos fiel a la República que al Imperio y que, más tarde, al III Reich.
  • Las iglesias católica y protestante que no mostraron mucho fervor hacia el régimen
Podemos concluir que era una república sin republicanos.

Pronto se comenzó a trabajar en la elaboración de la Constitución con el objeto de buscar una garantía frente a la revolución y para no asustar ni a burgueses ni a militares. Se promulgó en agosto de 1919. 

Su contenido se compone de 181 artículos, de carácter ecléctico, es una mezcla de parlamentarismo clásico y de formas presidencialistas (a veces esta mezcla se manifiesta en fuertes contradicciones que impidieron el total desarrollo de la propia Constitución). Síntesis:
  • República como forma de Estado
  • Presidente de la República elegido por sufragio universal para 7 años, tiene unos poderes muy amplios:  disolver el Parlamento (solo una vez por el mismo motivo), nombrar al canciller, suspender los derechos legales en determinadas circunstacias,  disponer de las fuerzas armadas en caso de emergencia..... A su vez, podía ser relevado mediante referéndum.
  • Estado federal,  17 Estados.
  • Bicameralismo: Cámara Baja o Reichtag (aprobaba la legislación federal y controlaba al gobierno) y Cámara Alta o Reichsrat (representación de los estados o "land" en proporción a la población de cada uno).
  • Recoge derechos sociales e individuales como el derecho al Trabajo, derecho al descanso, seguridad social, derechos sindicales, supresión de los privilegios financieros y administrativos de la nobleza...etc.

Para los grupos conservadores, la Constitución fue el principal exponente de un régimen impuesto por los vencedores y contrario al carácter de la vida política alemana la nueva constitución respira un muy escaso espíritu alemán” (diario conservador Kölnische Zeitung)

Fue una Constitución muy democrática y que ejerció gran influencia en otros países europeos.


CONSTITUCIÓN DE WEIMAR (fragmento)

ARTICULO 1. El Imperio Alemán es una República. El Poder procede del pueblo.
ARTICULO 4. Las reglas de Derecho Internacional generalmente reconocidas como tales, serán conside-radas como formando parte integrante del Derecho del Imperio alemán.
ARTÍCULO 20. El Reichstag se compone de los Diputados del pueblo alemán.
ARTICULO 21. Los Diputados son los representantes del pueblo entero. No dependen sino de su conciencia y no están obligados por ningún mandato.
ARTICULO 22. Los Diputados serán elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto de hombres y mujeres de más de 20 años de edad y según los principios de la representación proporcional. Las elecciones se verificarán en domingo u otro día de fiesta. Los detalles serán regulados por la ley electoral del Imperio.
ARTÍCULO 23. El Reichstag será elegido por cuatro años. Las nuevas elecciones deben verificarse dentro de los sesenta días siguientes a la terminación de su vida legal. El Reichstag se reúne por primera vez, al transcurrir lo más tarde, treinta días de las elecciones.
ARTICULO 25. El Presidente del Imperio puede disolver el Reichstag, pero solamente una vez por el mismo motivo. Las nuevas elecciones se verificarán dentro de los sesenta días siguientes a la disolución.
ARTÍCULO 41. El Presidente del Imperio será elegido por el pueblo alemán entero. Es elegible todo alemán mayor de treinta y cinco años Una ley del Imperio regulará los detalles.
ARTÍCULO 42. El Presidente del Imperio, al entrar en funciones, prestará ante el Reichstag el siguiente juramento: "Juro que consagraré mis fuerzas a procurar el bien del pueblo alemán, aumentar su prosperidad, evitarle todo daño, guardar la Constitución y las leyes, cumplir a conciencia mis deberes y hacer justicia a todos". Será lícita la adición de cualquiera fórmula religiosa.
ARTÍCULO 43. El cargo de Presidente del Imperio dura siete años, siendo posible la reelección. Antes de que expire este plazo, el Presidente del Imperio, a propuesta del Reichstag, puede ser de-puesto mediante el voto popular. El acuerdo del Reichstag requiere mayoría de dos tercios, y una vez adoptado, cesará el Presidente en el ejercicio de su función. Si la propuesta de destitución es rechazada por el voto popular, se entenderá que ello equivale a una reelección del Presidente, y el Reichstag quedará disuelto como consecuencia. El Presidente del Imperio no puede ser sometido a procedimiento penal sin el consentimiento del Reichstag.
ARTÍCULO 60. Para la representación de los países alemanes en la legislación y la administración del Imperio se establece un Reichsrat.
ARTICULO 61. En el Reichsrat cada País tiene por lo menos un voto. En los Países mayores, corresponde un voto por cada 700.000 habitantes. Si hubiere un exceso de 350.000 como mínimo, se contaría por 700.000 Ningún País puede estar representado por más de dos quintas partes del número total de votos. El Austria alemana, al incorporarse al Imperio alemán, tendrá derecho a participar en el Reichsrat con el número de votos que corresponda a su población. Hasta entonces, los Representantes del Austria alemana sólo tendrán voz consultiva El número de votos será fijado de nuevo por el Reichsrat después de cada Censo general de población.

Se puede consultar su texto completo en:
http://constitucionweb.blogspot.com.es/2009/11/2-antecedente-del-constitucionalismo.html 


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